El Parto de los Montes.   

La iniciativa de  reforma constitucional en el rubro de Energía Eléctrica del  Presidente López Obrador, que fue rechazada en la Cámara de Diputados el domingo pasado, dio lugar a un episodio de confrontación que revela que los bandos en pugna por el  poder político en nuestro país,  apuestan a la polarización emocional,  a despecho de la razón y la lógica jurídica.    


La Iniciativa  Presidencial  no buscaba restaurar el  monopolio de estado que existía  antes de la reforma de  Peña Nieto, ni volver a  prohibir la inversión privada en el sector eléctrico, sino fijar a nivel  constitucional  un límite del 46 por ciento a la participación del capital privado en el mercado de energía eléctrica del país, reservando el estado para sí,  el otro 54 por ciento. En realidad no es necesaria  una  Reforma Constitucional para que el Gobierno imponga el límite referido o cualquier otro para  regular el mercado, por lo que es de suponer que la intención del Presidente haya sido la de establecer una  definición política dentro de la Constitución, para fortalecer un marco legal ordinario que ya existe.

En efecto, el artículo 28  párrafo cuarto de la Carta Magna  funda la constitucionalidad del control que ejerce el Estado y ha ejercido desde  1917 en la  materia, al considerar que:  “no constituirán monopolio… las funciones que el Estado ejerza en la planeación y control del sistema eléctrico nacional, así como el servicio público de transmisión y distribución de energía eléctrica…”. La función referida fue manipulada durante la corrupta administración priísta de Peña Nieto,  en aras de un gran negocio para algunas empresas extranjeras, con las que se pactaron contratos que  el  actual Gobierno Federal cuestiona porque a su juicio,  fueron celebrados  en fraude y perjuicio del patrimonio nacional. Litigar sobre la licitud o ilicitud de tales contratos, es lo que procede en un sistema de derecho.   

López Obrador  inició ante el Congreso de la Unión una  reforma a la Ley de la Industria Eléctrica de Peña Nieto, que fue publicada en el Diario Oficial el 9 de marzo de 2021, cuyos términos actuales son  suficientes para posicionar a la Comisión Federal de Electricidad en el control del mercado. La  reforma en comento  fue impugnada por un grupo de Senadores de oposición ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, lo que dio origen al Juicio de Controversia Constitucional  64/2021, que fue resuelto hace dos semanas el 7 de abril de 2022, en una sentencia mediante la cual, la Suprema Corte  sostiene la constitucionalidad de la ley impugnada.   

El Tribunal Pleno reconoció la constitucionalidad de las disposiciones  que definen tanto los contratos de cobertura eléctrica en diversas modalidades, así como los  criterios que la Reforma López Obrador establece sobre  la factibilidad técnica  para el acceso  a las redes, asignación y despacho de energía. En cuanto a las supuestas violaciones al principio de libre competencia,   la Corte  desestimó la acción y por añadido,  la Sentencia  determina que las normas impugnadas no implican daño al medio ambiente y no pueden ser analizadas a la luz del Tratado México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC), por tratarse de un acuerdo comercial que no contiene normas sobre Derechos Humanos (1). 

En otras palabras, existen en nuestro sistema  instrumentos  legales  para mantener puertas abiertas a la inversión privada, y  al mismo tiempo evitar  la formación de   un  oligopolio eléctrico privado que domine el mercado y fije los precios de modo unilateral, en un escenario en el que la incapacidad  del sector público haga imposible  que el Estado ofrezca contrapeso, como ocurre hoy día en  España y el resto de Europa. Opino que este sistema mixto que limita la inversión privada  es el  correcto;   los motivos que tengan el  Partido Morena y la oposición del PRIAN para abordar el  debate con la vehemencia visceral de la que hemos sido testigos solo ellos los conocen, pero es claro que tienen que ver con la sucesión presidencial de 2024.      

Ante el espectáculo ofrecido en la Cámara de Diputados el domingo pasado, vale recordar la Fábula de El Parto de los Montes, que relata  que en otro tiempo  los montes daban señales de parir y los hombres  esperaban el parto  con mucho miedo y asombro por los ruidos y temblores de tierra,  y al final  resultó  de aquel parto  un inofensivo ratón. La moraleja  de la Fábula invita a desechar temores infundados pues el  mayor peligro,  lo implica  el miedo irracional que al peligro se le tiene.

(1) Comunicado Suprema Corte de Justicia sobre sentencia de fecha 7 de abril de 2022, en la que se declara constitucional la reforma  de López Obrador, a la Ley de la Industria Eléctrica de Peña Nieto.

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